Ciudad de México a 4 de marzo de
2022
CIRCULAR
CAMBIOS EN COMPROBANTES FISCALES 2022
A TODOS
NUESTROS CLIENTES
Este documento contiene información de carácter
general y no puede considerarse una recomendación, interpretación o declaración
por parte de El Cheff sobre la correcta aplicación de la ley. Antes de tomar
cualquier acción basada en este documento por favor asesórese con un
especialista en cuestiones fiscales.
Por medio
de la presente circular queremos informarle sobre cambios en el manejo de
comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI o factura electrónica) a
partir de 2022.
1) EMISION DE CFDI 4.0
El 1 de
enero de 2022 entró en vigor la versión 4.0 de CFDI. La versión anterior (3.3)
puede seguir utilizándose hasta el 30 de junio.
Segunda
resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022,
primera versión anticipada, artículo decimo séptimo transitorio
Para los
efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a
expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 […] durante el
periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. […]
Hemos recibido
múltiples llamadas de nuestros clientes preguntando por qué no hicimos el
cambio el primero de enero. Para resolver sus inquietudes, nos permitimos
informarle lo siguiente:
a) NO HAY URGENCIA, se pueden seguir
utilizando los comprobantes anteriores cuando menos hasta el 30 de junio
b) El primero de enero no había
información técnica suficiente para hacer el cambio. El estándar se publicó en
el diario oficial del 18 de enero. El 26 de enero a las 14:18, sin previo aviso
y sin ninguna publicación, el SAT cambió las reglas para CFDI 4.0, dando menos
de diez horas para implementar los cambios. No es posible saber cuantas veces
más van a cambiar las reglas.
c) Los requisitos actuales del SAT para
CFDI 4.0 van a causar problemas operativos en restaurantes y conflictos con los
comensales.
Sin
embargo, si usted decide pasar a CFDI 4.0 en forma anticipada, podemos hacer el
cambio antes del 30 de junio, previa solicitud por escrito. Una vez que pase a
CFDI 4.0 no es técnicamente posible regresar a CFDI 3.3.
Para
facturar con CFDI 4.0 es necesario obtener del receptor (comensal) la siguiente
información:
a) Nombre completo, escrito EXACTAMENTE
como está dado de alta en el SAT (copiando mayúsculas/minúsculas, acentos o
falta de ellos, abreviaturas, espacios, comillas, signos, faltas de ortografía,
etc.). En el caso de personas morales NO se debe incluir el régimen de capital
(ej. SA DE CV, S DE RL DE CV, SC, AC, etc.). Si hay cualquier diferencia no se
va a poder timbrar el CFDI.
b) Código postal EXACTAMENTE como está
dado de alta en el SAT. Si hay cualquier diferencia no se va a poder timbrar el
CFDI.
c) Régimen fiscal como está dado de
alta en el SAT
d) Uso que desea darle al comprobante
(ya no puede ser “por definir”)
El SAT
publicó infografías al respecto:
Consideramos
que va a ser muy difícil facturar con esas reglas, sobre todo por el
requerimiento de escribir el nombre exacto. Algunos ejemplos de nombres que
pueden causar problemas:
Nombre: SINDICATO
NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE FIDEICOMISOS, CASAS DE CAMBIO,
CASAS DE BOLSA, ASEGURADORAS, UNIONES DE CREDITO, HIPOTECARIAS, ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE RETIRO, ARRENDADORAS, ALMACENADORAS, EMPRESAS DE FACTORAJE,
AFIANZADORAS, AUTOFINANCIADORAS Y CAJAS DE AHORROS, BANCOS, INSTITUCIONES DE
BANCA MULTIPLE, INSTITUCIONES FINANCIERAS, SOCIEDADES FINANCIERAS, EMPRESAS
PRESTADORAS DE SERVICIOS LABORALES DEL SECTOR FINANCIERO, ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y EMPRESAS DE
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA
Problema: demasiado
largo, muy difícil de escribir correctamente, y el SAT debe haberlo cortado en
un lugar arbitrario
Nombre:
GRUPO INTEGRAL DE REPARTO Y CUSTODIAS TM
Problema:
incluye dos espacios entre un par de palabras; esta diferencia no es visible
Nombre:
MYRIAM BEATRIZ LOPEZ AVENDA¥O
Problema:
incluye carácter imposible de escribir; el SAT frecuentemente substituye Ñ por
cualquier cosa (ej. N, ñ, &, ¥, ¿, Ã, etc.).
Nombre: "MOBILIARIO
URBANO DE PLASTICO" ,
Problema:
comillas, espacio antes de coma, coma al final
Nombre: ''VIAJES
TZUNUN''
Problema:
tiene dos veces comilla sencilla en vez de comilla doble; esta diferencia no es
visible
Nombre: "M'ÜI"
Problema:
comillas dobles, sencillas, diéresis
Nombre: ADMINSITRADORA
DE COMERCIOS ALIMENTICIOS
Problema:
está mal escrita la palabra “administradora”
Nombre:
LOGÍSTICA DEL BAJÍO
Problema:
casi todos los nombres están dados de alta en el SAT sin acentos, este tiene
acentos
Nombre:
carlos merida lugo
Problema: el
SAT pide que los nombres se escriban en mayúsculas, pero este contribuyente
está dado de alta en minúsculas
Para
facturar con CFDI 4.0 le sugerimos que considere utilizar nuestro servicio de
autofacturación, para que el comensal sea el responsable de escribir su nombre.
De lo contrario, para facturar en el restaurante le sugerimos que exija a los
comensales la presentación de su constancia de situación fiscal impresa. El
personal que factura debe estar capacitado sobre como escribir todos los
posibles signos y acentos en el teclado, y debe estar alerta a todos los
posibles problemas en la escritura de los nombres. Lo mejor sería que la
factura se elabore con el comensal presente, pero cuando esto no sea posible le
sugerimos que le solicite un teléfono para contactarlo cuando haya problemas.
Durante los primeros meses de facturación con CFDI 4.0, le sugerimos que
informe por escrito a los clientes personas morales que por indicaciones del
SAT su nombre va a aparecer incompleto en la factura. Le sugerimos que designe
un responsable para atender quejas de facturación, y que proporcione a los
comensales sus datos de contacto (teléfono y correo electrónico); si el
contacto es por correo electrónico, asegúrese de que el responsable responda
oportunamente a los correos entrantes y borre correos de asuntos terminados
para evitar que se llene su buzón.
Para tratar
de mitigar el problema de la escritura de los nombres, durante el último mes se
han precargado en el sistema de facturación los nombres para una cantidad
importante de RFC. El sistema no tiene los nombres de todos los contribuyentes,
y para algunos puede ser que tenga el nombre incompleto o incorrecto. Es
importante que siempre verifique el nombre contra la documentación que muestre
el comensal.
2) RECEPCION DE CFDI 4.0
Sabemos que
habrá problemas adicionales en la emisión de CFDI 4.0 además de los mencionados
anteriormente. No le sugerimos pasar todavía a CFDI 4.0, pero si todos nuestros
clientes pasan a CFDI 4.0 el último día los problemas van a llegar todos
juntos. Es por eso que a partir del 10 de marzo elaboraremos las facturas de
nuestros servicios utilizando CFDI 4.0, de tal manera que los problemas que
surjan nos afecten primero a nosotros y eso nos dé tiempo para solucionarlos.
Le pedimos
considere:
a) Una vez que pasemos a CFDI 4.0 no nos
será posible regresar a CFDI 3.3.
b) Si carga los CFDI en sus sistemas de
contabilidad y estos no fueron actualizados después de febrero de 2022, es
posible que sus sistemas rechacen las facturas. Para solucionarlo tiene que
contactar a los proveedores de sus sistemas de contabilidad.
c) Le recordamos que su nombre en el
CFDI va a salir incompleto por indicaciones del SAT. Por ejemplo, en vez de
“RESTAURANTE EJEMPLO SA DE CV”, va a aparecer únicamente “RESTAURANTE EJEMPLO”
3) FACTURA GLOBAL
Cuando se
realizan operaciones con público en general (como en el caso de restaurantes),
es necesario elaborar un CFDI global que incluya una línea por cada ticket que
no se haya facturado a un comensal específico. Ese CFDI global tiene reglas
específicas y complejas para su elaboración. Debe elaborarse en forma diaria,
semanal o mensual, dentro de las 24 horas (hasta 2021 eran 72 horas) posteriores
al fin del período.
Desde 2017
tenemos la capacidad para elaborar facturas globales, con la opción
ticket/crear factura global. En 2022 el SAT empezó a utilizar las facturas
globales para precargar las declaraciones provisionales, por lo que hemos
recibido muchas consultas al respecto. A continuación, repetimos la información
que le hemos hecho llegar sobre facturas globales en circulares anteriores.
NOTAS:
RECOMENDACIONES
Para
facilitarle el cumplimiento de esta obligación, tenemos la capacidad de GENERAR
FACTURAS GLOBALES EN FORMA AUTOMATICA. Se generará una factura global por cada
corte de fin de día. Si está interesado en esta opción, después de confirmarlo
con su fiscalista puede enviarnos solicitud por escrito para que la activemos.
Si sus
tickets tienen descuentos, las indicaciones del SAT son que esos descuentos se
reporten en la factura global. Por ejemplo, un ticket de $100 con 10% de
descuento se reporta en la factura global como: importe 86.21 – descuento 8.62
+ impuesto 12.41 = $90. Si por algún motivo desea OCULTAR EL DESCUENTO, es
decir que el ticket de $100 con 10% de descuento se reporte en la factura
global como importe 77.59 + impuesto 12.41 = $90, después de confirmarlo con su
fiscalista puede entrar en su página a la opción administración/configuración
CFDI, cambiar la opción “ocultar descuento en global” a “sí” y grabar cambios.
Cualquier implicación legal es su responsabilidad.
4) CANCELACION
A partir
del 1 de enero de 2022 para cancelar un CFDI hay que especificar el motivo de
cancelación. El procedimiento es complejo y confuso, por lo que le recomendamos
que lea cuidadosamente la documentación del SAT. A continuación presentamos un
breve resumen de los casos.
a) LA FACTURA SE ELABORÓ POR ERROR (NO
SE DEBIO HABER FACTURADO) O ES INCOBRABLE
Cancelar con motivo “no se llevó a cabo la operación”
b) SE VA A REFACTURAR A OTRO RFC
Suponiendo que la factura original era la factura “A” y va a
substituirse por una nueva factura “B”, el procedimiento es el siguiente, y
debe seguirse en orden y al pie de la letra
i)
Cancelar
la factura “A”, poniendo como concepto “comprobantes emitidos con errores sin
relación”
ii)
Esperar
a que el SAT procese la cancelación. El tiempo máximo debería ser de tres días
hábiles, pero en la práctica hemos visto casos en los que toma más de un mes.
Si el receptor rechaza la cancelación, es necesario contactarlo para aclararlo
y después reintentar la cancelación.
iii)
Elaborar
la factura “B” poniendo un RFC DIFERENTE al de la factura “A”, y AGREGANDO
RELACIÓN “sustitución de los CFDI previos” haciendo referencia a la factura
“A”. Si la factura “A” estaba relacionada al corte de caja, debe elaborarse la
factura “B” con opción ticket/buscar ticket; si la factura “A” no estaba
relacionada al corte de caja (ej. patrocinio, renta de locación, venta de
activos, etc.) debe elaborarse la factura “B” con opción comprobante fiscal
digital/crear factura.
c) SE VA A REFACTURAR AL MISMO RFC
(PORQUE EL CLIENTE SOLICITÓ CAMBIOS EN NOMBRE, USO DE CFDI, FORMA DE PAGO,
CONCEPTO, MONTO, ETC.)
Este es el caso más complejo. Suponiendo que la factura original era la
factura “A” y va a substituirse por una nueva factura “B”, el procedimiento es
el siguiente, y debe seguirse en orden y al pie de la letra:
i)
Elaborar
una factura nueva “B” con opción comprobante fiscal digital/crear factura,
poniendo MISMO RFC de la factura “A”, y AGREGANDO RELACION “sustitución de los
CFDI previos” haciendo referencia a la factura “A”. Esto aplica tanto para
facturas elaboradas a partir de ticket (relacionadas al corte de caja) como a
facturas elaboradas en forma manual (ej. patrocinio, renta de locación, venta
de activos, etc.)
ii)
Cancelar
la factura “A”, poniendo como concepto “comprobantes emitidos con errores con
relación” y especificando que la factura que la substituye es la “B”.
iii)
Esperar
a que el SAT procese la cancelación. El tiempo máximo debería ser de tres días
hábiles, pero en la práctica hemos visto casos en los que toma más de un mes.
Si el receptor rechaza la cancelación, es necesario contactarlo para aclararlo
y después reintentar la cancelación. Si el receptor rechaza nuevamente la
cancelación es necesario presentar una denuncia por medio del sistema de
conciliación de facturas del SAT.
Los
sistemas del SAT presentan constantemente problemas para procesar
cancelaciones. Después de enviar una solicitud de cancelación le recomendamos
que revise por lo menos una vez al día el estado de la cancelación para tomar
las acciones pertinentes si la cancelación falla o el receptor la rechaza.
Asimismo, le recomendamos que no haga cancelaciones durante la última semana de
cada mes, para no tener cancelaciones en proceso cuando presente su declaración
provisional.
A partir de
2022 solo es posible cancelar CFDI hasta el 31 de enero del año siguiente a su
expedición. Sin embargo, el SAT ha publicado ya varias reglas adicionales. Si
requiere cancelar facturas de 2021 o anteriores, le recomendamos que primero
consulte a su fiscalista sobre cada caso específico.
Sin más por
el momento, nos despedimos quedando a sus órdenes para cualquier aclaración.
Atentamente,
EL CHEFF